En una decisión muy importante, la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals – “BIA”) dijo que, pasados SIETE DIAS después de la decisión inicial, los Jueces de Inmigración (Immigration Judges – “IJ”) no pueden escuchar solicitudes de aliviar condiciones de liberación impuestas por el Departamento de Seguridad Interna (Department of Homeland Security – “DHS”).
DHS tiene la autoridad para detener extranjeros que están sujetos a ser deportados de los Estados Unidos. Una vez detenidos, los extranjeros tienen derecho a ser informados de las razones por las cuales DHS considera que están sujetos a deportación, y tienen derecho a que DHS determine si mantendrá detenido al extranjero o si le dará la libertad.
Si DHS decide que mantendrá al extranjero detenido, el extranjero tiene derecho a solicitarle a un Juez de Inmigración que revise la decisión inicial de DHS, considere los argumentos y documentos presentados por el extranjero, y concluya si el extranjero debe ser liberado bajo fianza, o si debe seguir en detención. La fianza minima permitida por la ley es de $1,500. Es importante anotar que no todos los extranjeros tienen derecho a pedir esta revisión al Juez de Inmigración. En ocasiones, la decisión de liberar al extranjero reside exclusivamente con DHS.
En ocasiones, cuando DHS decide directamente liberar a los extranjeros, lo hacen en forma condicionada. La ley le permite a DHS imponer las condiciones que sean necesarias para evitar que el extranjero se fugue a otra parte de los Estados Unidos. Uno de los mecanismos utilizados por DHS en estos casos es la imposición física de un localizador electrónico (normalmente en la pierna).
La pregunta es entonces si el extranjero tiene derecho a solicitarle a un Juez de Inmigración que le remueva el localizador electrónico, o que sea liberado de cualquier otra condición a la libertad impuesta por DHS.
DHS detuvo a Jose Aguilar-Aquino, pero luego le dio libertad condicionada, imponiéndole un localizador electrónico para garantizar que no se fugara. El Sr. Aguilar-Aquino le solicito al Juez de Inmigración que ordenara su libertad completa y que le fuera removido el localizador electrónico. El Juez de Inmigración le dio la razón a Jose, y le ordeno a DHS a que le diera la libertad completa.
DHS apelo la decisión del Juez de Inmigración. Le correspondió a la Junta de Apelaciones determinar si el Juez de Inmigración puede ordenarle a DHS que cancele todas las condiciones a la libertad, incluso la remoción del localizador electrónico.
La Junta de Apelaciones explico que, si DHS decide darle libertad a un extranjero que ha sido detenido, puede imponer las condiciones que considere necesarias, incluyendo el localizador electrónico. El extranjero tendría entonces SIETE DIAS para solicitarle al juez que le otorgue la libertad completa. Después del paso de los SIETE DIAS, el Juez de Inmigración pierde todo poder para escuchar la solicitud del extranjero de que le sea removido el localizador electrónico. Matter of Aguilar-Aquino, 24 I&N Dec. 747 (BIA 2009).
Saturday, March 28, 2009
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